Por: David Tobón Castaño
Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Tradicionalmente, la economía colombiana ha dependido del desarrollo de actividades que se clasifican por sectores como lo son el sector primario, secundario y terciario, las cuales se pueden entender como la categorización de la producción de bienes y servicios que tiene por finalidad satisfacer necesidades de los consumidores. Como ejemplo de esos bienes y servicios tenemos en el sector primario a la ganadería y la agricultura, en el sector secundario se pueden encontrar sectores como la producción textil y de alimentos, y en el sector terciario se encuentran restaurantes y supermercados. Sin embargo, desde hace algunos años, el país ha percibido ingresos adicionales como resultado del auge de la Economía Naranja, la cual es definida por el Ministerio de Cultura como una herramienta de desarrollo cultural, social y económico. Se diferencia de otras economías por el hecho de fundamentarse en la creación, producción y distribución de bienes y servicios, cuyo contenido de carácter cultural y creativo se puede proteger por los derechos de propiedad intelectual.

Con el mandato del presidente Iván Duque se ha puesto en marcha desde el año 2018 un nuevo Plan Nacional de Desarrollo, que busca la promoción de la cultura y el desarrollo de la Economía Naranja, gestionada a partir de Mincultura desde la integración de todas las instituciones públicas en el desarrollo de dicha economía como una política que busca propiciar condiciones para generar empleo digno en el sector cultural, apoyar la materialización de nuevas ideas creativas y productos innovadores, fortalecer los saberes ancestrales, las prácticas del patrimonio cultural y la transmisión de conocimientos tradicionales. 

Es así como la propiedad intelectual es el medio idóneo que tienen todos los agentes de la Economía Naranja que según Mincultura se pueden entender en primer lugar como aquellos agentes con iniciativas propias, creadores independientes y auto gestionados, comunitarios y organizaciones sin ánimo de lucro. En segundo nivel se ubican los emprendedores emergentes; en la tercera, los emprendedores consolidados; y finalmente, en la cuarta, la gran empresa. Ello se sustenta en que los derechos que hacen parte de la propiedad intelectual tienen dos tipos de concesiones que se otorgan a los creadores de los activos tangibles e intangibles, estos son derechos morales y los derechos patrimoniales. Por derechos morales se entiende aquellos derechos que son intransferibles e innegociables y que siempre pertenecerán a los creadores de las obras por el simple hecho de haberlas creado, los cuales son derecho de paternidad, derecho de integridad, ineditud, modificación y retracto. Por otro lado, los derechos patrimoniales son aquellos que sí se pueden ceder o vender, es decir que pueden ser objeto de celebración de negocios jurídicos como un contrato de compraventa o una licencia de uso. Por derechos patrimoniales se entienden el derecho de reproducción, derecho de distribución, derecho de transformación, derecho de comunicación pública y derecho de puesta a disposición.

Considerando lo anterior podemos afirmar que son actividades que conforman la Economía Naranja todas aquellas que hacen parte de las artes y el patrimonio cultural material e inmaterial, las industrias culturales y las creaciones funcionales. Un ejemplo de las artes y el patrimonio, son la pintura, el teatro y las artesanías. Como ejemplo de industrias culturales se pueden encontrar a los libros, cine, televisión e incluso la radio, y por el lado de las creaciones funcionales se tienen exponentes tales como la arquitectura y los videojuegos que en la actualidad tiene un gran apogeo.

Es así que dependiendo del tipo de creación, existe una forma de protección especifica que se puede encontrar en la propiedad intelectual bajo tres ejes principales como son los derechos de autor, los derechos conexos a los derechos de autor y por ultimo la propiedad industrial. Para dar un mejor panorama de todas las formas de protección, se plantea a continuación un ejemplo de un bien o servicio de la Economía Naranja y su injerencia en la propiedad intelectual.

Podemos comenzar por analizar la protección de una obra literaria mediante los derechos de autor en la política de la economía naranja con el siguiente ejemplo: un investigador independiente decide comenzar la redacción de un escrito sobre la cocina tradicional en la region Caribe y la influencia que ha tenido en esta las tradiciones afro que se conservaron despues de la conquista española. El articulo fue aceptado por una revista para su publicación por ser un contenido original y creativo que permitirá preservar todas las costumbres en la cocina tradicional de toda la region Caribe.
Es asi que el artículo (obra literaria) según Serna, Acosta & Saldarriaga[4], es protegible por los derechos de autor desde el momento de su creación siempre y cuando cumpla con todos los requisitos para ser considerado como tal: que esté en un medio perceptible por los sentidos, en este caso un medio escrito, y que además su contenido sea original.

Para analizar la protección de un bien de la Economía Naranja a través de una patente, como estrategia de la propiedad industrial, se plantea un ejemplo con un emprendedor emergente que estudió un manual de cocina y decidió aplicar su conocimiento en ingeniería al crear una máquina que permite acelerar el tratamiento de los alimentos a base de aceite para que estos tengan un mejor sabor. Para que dicho emprendedor obtenga una patente como protección de su máquina nueva, debe acreditar que su producto cuenta con novedad, utilidad (aplicación industrial) y no obviedad (actividad inventiva, nivel inventivo).

Lo anteriormente descrito se concibe como un escenario general en el que se puede estructurar una estrategia, sin embargo, cada uno de los procesos presenta características particulares y será importante evaluar la forma de maximizar los beneficios que otorga cada uno de los mecanismos de acuerdo con un análisis detallado de cada caso.